Mediación Familiar en Madrid

Resuelve tus conflictos familiares sin pasar por juicio

En ME IURIS ABOGADOS apostamos por la mediación familiar como una herramienta eficaz, humana y respetuosa para resolver disputas dentro del ámbito familiar. Este proceso facilita la comunicación entre las partes, con el objetivo de alcanzar acuerdos voluntarios y sostenibles que eviten enfrentamientos judiciales innecesarios.

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Ellos hablan por nosotros

Tipos de Mediación Familiar

Soluciones específicas para conflictos familiares complejos

En ME IURIS ABOGADOS ofrecemos distintos tipos de mediación familiar en Madrid, adaptados a las necesidades reales de quienes atraviesan situaciones personales delicadas. Nuestra intervención busca siempre evitar la vía judicial, favoreciendo acuerdos estables, realistas y beneficiosos para todas las partes implicadas.

Durante un proceso de separación o divorcio, la mediación permite a la pareja tratar de forma estructurada y pacífica temas clave como:

  • La custodia de los hijos y el régimen de visitas
  • Las pensiones alimenticias y/o compensatorias
  • La división de bienes o uso de la vivienda familiar

Este tipo de mediación reduce la carga emocional, evita litigios prolongados y protege, sobre todo, el bienestar de los menores. En ME IURIS ABOGADOS guiamos este proceso desde la imparcialidad y el rigor legal.

Muchas veces, lo que impide resolver un conflicto no es el desacuerdo en sí, sino la forma en que se comunica. Nuestra mediación en situaciones de ruptura sentimental o tensiones familiares facilita:

  • La expresión respetuosa de necesidades y emociones
  • La búsqueda de soluciones desde el diálogo
  • El restablecimiento de una convivencia o relación más sana, incluso tras la ruptura

Esta modalidad es muy efectiva cuando aún existe voluntad de entendimiento, pero las emociones bloquean la comunicación.

Las herencias pueden generar tensiones familiares, especialmente cuando no hay acuerdo entre los herederos o existen interpretaciones distintas del testamento. La mediación permite:

  • Resolver desacuerdos sobre la distribución de propiedades y activos
  • Evitar enfrentamientos judiciales costosos y prolongados
  • Mantener los lazos familiares preservando la voluntad del fallecido

Nuestros mediadores intervienen para que las decisiones se tomen de forma justa, respetuosa y con visión a largo plazo.

Especializados en divorcios contenciosos y mutuo acuerdo

Custodia y patria potestad

Pensiones y convenio regulador

Ventajas de la Mediación Familiar

Una vía legal ágil, eficaz y menos costosa para resolver conflictos familiares

En ME IURIS ABOGADOS, entendemos la mediación familiar como una solución legal estratégica para afrontar disputas derivadas de separaciones, custodias, herencias u otros asuntos que suelen acabar en vía judicial. Nuestro enfoque se centra en la resolución práctica y legal de los conflictos, permitiendo a las partes evitar juicios prolongados y proteger sus derechos de forma ágil y ordenada.

A diferencia del proceso judicial tradicional, la mediación permite alcanzar acuerdos con plena validez jurídica, construidos de forma consensuada por las partes, bajo la supervisión de un mediador cualificado. Esto la convierte en una herramienta legal especialmente útil para tratar temas como:

  • Custodia de menores y régimen de visitas
  • División de bienes comunes o herencias
  • Revisión de pensiones y otras medidas tras el divorcio
  • Pactos familiares complejos (usufructos, uso de vivienda, préstamos internos…)

Cada acuerdo puede ser elevado a escritura pública o ratificado judicialmente, dotándolo de efectos legales plenos y ejecutables si fuera necesario.

El procedimiento de mediación agiliza tiempos y reduce gastos:

  • No se somete a los plazos de los juzgados
  • Evita los recursos judiciales y los trámites complejos
  • Requiere menos comparecencias y gestiones

En muchos casos, en pocas sesiones se puede alcanzar un acuerdo que, de otro modo, requeriría meses de procedimiento judicial contencioso. Esto se traduce en un ahorro importante de tiempo, recursos y desgaste personal.

La mediación no es simplemente una conversación: es un proceso reglado, profesional y con garantías legales. En ME IURIS ABOGADOS, participamos en la redacción y validación de los acuerdos, asegurándonos de que:

  • Se respeten los derechos de todas las partes

  • Las medidas pactadas sean proporcionales, legales y viables

  • Los acuerdos puedan presentarse ante notario o juzgado sin objeciones

Además, es posible solicitar la homologación judicial del acuerdo, dándole fuerza de sentencia.

Casos de éxito en ME IURIS ABOGADOS

Conoce algunos casos ganados por ME IURIS ABOGADOS

Pensión CompensatoriaMAYO 2025
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Málaga, declarando el mantenimiento de la pensión compensatoria en favor de nuestra clienta.

Tras la sentencia de divorcio, el excónyuge inició un procedimiento judicial para extinguir el pago de la pensión compensatoria de nuestra clienta alegando que ésta había encontrado un trabajo y estaba en activo.

Conseguimos demostrar que las afirmaciones del demandante no tenían ningún fundamento y el Juzgado confirmó el derecho de nuestra clienta a seguir percibiendo la pensión compensatoria que había establecido la sentencia de divorcio.
Compensación Económica Por Trabajos Para La Empresa FamiliarJUNIO 2024
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sant Feliu de Llobregat, Barcelona, estableciendo una compensación económica en favor de nuestra clienta en el procedimiento de divorcio.

En el procedimiento de divorcio de un matrimonio casado en régimen de separación de bienes en que nuestra clienta había trabajado para las empresas de esposo sin percibir salario procedimos a reclamar una compensación económica por razón del trabajo realizado, a lo que la otra parte se negó aduciendo que la esposa nunca había trabajado para las empresas del marido.

Conseguimos probar la efectiva participación de nuestra clienta en el proyecto empresarial del marido por razón de su cualificación, habilidades y capacitación profesional así como por los documentos, correos electrónicos y evidencias de su participación en reuniones con socios, clientes, empleados, proveedores y autoridades administrativas.

El Juzgado nos dio la razón y acordó que procedía abonar a nuestra clienta una compensación económica por razón de trabajo de 15.000 euros la cual debía abonarle el ex-marido.
Pensión De Alimentos En Custodia Compartida
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 93 de Madrid, estableciendo una pensión de alimentos en favor de los hijos menores en régimen de custodia compartida.

En este caso ambos progenitores estaban de acuerdo en establecer un régimen de guarda y custodia compartida por considerarlo el más beneficioso para los hijos si bien el padre consideraba que los gastos de los menores debían sufragarse por mitad sin establecer pensión alimenticia.

Conseguimos demostrar que la capacidad económica del padre era muy superior a la de la madre por lo que para garantizar el bienestar de los menores el padre debía abonar una pensión alimenticia a la madre y asumir un porcentaje mayor de los gastos extraordinarios de los niños.

El Juzgado dio la razón a nuestra clienta y estableció una pensión de alimentos de 350 euros mensuales por cada hijo y el abono de gastos extraordinarios a razón del 70% por el padre y del 30% por la madre, de manera proporcional a la capacidad económica de cada progenitor.
Incremento En Pensión De Alimentos De Hijo Menor De EdadMARZO 2023
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Majadahonda, revisando al alza la pensión de alimentos del hijo de nuestra clienta.

El padre inició un procedimiento judicial de modificación de medidas para reducir la pensión de alimentos que estaba pagando al hijo de nuestra clienta alegando que su capacidad económica había disminuido porque había tenido hijos con su nueva pareja.

Conseguimos demostrar que no solo era incierto que se hubiera reducido su capacidad económica sino que por el contrario había mejorado ya que contaba con los ingresos de su nueva pareja, además acreditamos que el hijo del primer matrimonio había aumentado sus necesidades económicas.

Finalmente el Juzgado nos dio la razón incrementando de 300 a 390 la pensión alimenticia mensual para el menor.
Atrasos Impagados Por No Haber Actualizado La Pensión De AlimentosABRIL 2024
Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Madrid reconociendo a nuestra clienta el derecho a las actualizaciones de la pensión de alimentos y condenando al pago de las costas al contrario.

Tras un divorcio de mutuo acuerdo en el que se estableció una pensión de alimentos en favor del hijo menor, el padre nunca había abonado la actualización de la pensión por aplicación del IPC anual tal como se había acordado.

Ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo amistoso, iniciamos el procedimiento judicial para reclamarlo a lo que el padre se opuso alegando que la falta de reclamación por parte de la madre suponía una aceptación tácita a que no se revisase.

El Juzgado dio la razón a nuestra clienta ya que no es necesario reclamar la actualización expresamente sino que esta procede por la propia naturaleza de la pensión alimenticia que ha de adecuarse automáticamente al incremento del coste de la vida ya que si no lo hiciera resultaría perjudicado el menor.

Al oponerse el padre y desestimarse sus argumentos, el Juzgado le impuso el pago de los atrasos con sus correspondientes intereses además de las costas, resultando en favor de nuestra clienta un total de más de 5.800 euros.
Liquidación De Sociedad De GanancialesNOVIEMBRE 2022
Sentencia dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Getafe, denegando al contrario la compensación por aportación de dinero obtenido por herencia.

Iniciamos el procedimiento judicial para liquidar la sociedad de gananciales, estando ya divorciada la pareja. La otra parte pretendía se le compensara una partida de 68.000 euros que habían sido destinados a amortizar la hipoteca de la vivienda familiar, aduciendo que se trataba de dinero de carácter privativo cuyo origen había sido una herencia familiar.

Nuestro despacho consiguió acreditar que no estaba probado tal origen de los fondos y el Juzgado dio la razón a nuestra representada considerando que se trataba de dinero ganancial y que no procedía compensación alguna.
Custodia Compartida Para Nuestro ClienteNOVIEMBRE 2023
Sentencia dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Parla, estableciendo un régimen de custodia compartida conforme solicitaba nuestro cliente.

En el momento del divorcio se estableció un régimen de custodia exclusiva materna, si bien transcurridos varios años y mediando un cambio de circunstancias, nuestro cliente nos consultó para el establecimiento de un régimen de custodia compartida por considerarlo más beneficioso para su hijo.

Tras varios intentos de llegar a un acuerdo amistoso, éste no fue posible e iniciamos el procedimiento judicial que concluyó con el acuerdo alcanzado entre los progenitores en sede judicial el mismo día de la Vista. El Juzgado aprobó el acuerdo alcanzado por ser la situación más beneficiosa para el menor, ajustando la situación económica de cada progenitor.
Divorcio con atribución en exclusiva a la madre del ejercicio de la Patria Potestad por estar el padre en paradero desconocidoFEBRERO 2025
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Navalcarnero, acordando el divorcio y atribuyendo en exclusiva a la madre el ejercicio de la patria potestad de los hijos menores por estar el padre en paradero desconocido.

Nuestra clienta se encontraba con muchos problemas a la hora de tomar decisiones en relación con sus hijos menores porque el padre se hallaba en paradero desconocido desde hacía varios años. Cuestiones básicas como empadronar a los niños, solicitar el DNI, decidir sobre una intervención quirúrgica o un cambio de colegio, o autorizar que los niños viajaran con el equipo de fútbol para jugar una competición fuera de la localidad de residencia eran un verdadero problema para la madre ya que requerían la firma del padre de quien no tenía noticias desde hacía varios años.

Solicitamos al Juzgado el divorcio y la atribución en exclusiva a la madre del ejercicio de la patria potestad para que pudiera tomar ella sola todas la decisiones en relación con los hijos, demostrando que el padre no había mostrado preocupación alguna por sus hijos en años desconociendo dónde se encontraba.

El Juzgado acogió nuestra petición declarando el divorcio, atribuyó en exclusiva a nuestra clienta el ejercicio de la patria potestad respecto de los menores y estableció una pensión alimenticia de 150 euros mensuales en favor de cada hijo la cual podrá ser exigida si en el futuro se averiguase el paradero del padre.

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