Abogado custodia compartida Madrid

Protegemos lo que más importa:
el equilibrio y bienestar de tus hijos

En ME IURIS ABOGADOS entendemos que, tras una separación o divorcio, la prioridad debe ser siempre el bienestar de los menores. La custodia compartida se presenta como un modelo que favorece la participación activa y equitativa de ambos progenitores en la crianza de sus hijos, promoviendo vínculos sólidos y una estabilidad emocional duradera.

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Procedimientos Legales para Obtener la Custodia Compartida

Cómo gestionar legalmente la custodia de tus hijos tras una ruptura

En ME IURIS ABOGADOS acompañamos a nuestros clientes en todos los trámites necesarios para solicitar y obtener la custodia compartida, ya sea durante el proceso de divorcio o en situaciones posteriores. Nuestra labor se centra en proteger el interés del menor y asegurar que cada decisión se adopte con rigor legal y sensibilidad familiar.

Cuando la custodia se plantea en el contexto de un divorcio o separación, es imprescindible formalizar un convenio regulador que defina cómo se repartirán las responsabilidades parentales. Este convenio será evaluado y aprobado por un juez.

Existen dos escenarios posibles:

  • Divorcio de mutuo acuerdo: Ambos progenitores consensúan el régimen de custodia y presentan conjuntamente el acuerdo. Este procedimiento es más ágil y menos conflictivo.
  • Divorcio contencioso: En ausencia de acuerdo, cada parte propone su modelo de custodia y el juez decidirá, atendiendo siempre al bienestar del menor.

En caso de que ya exista una sentencia sobre la custodia, es posible solicitar su modificación si han cambiado las circunstancias personales, familiares o económicas de alguno de los progenitores o del menor.

Desde ME IURIS ABOGADOS valoramos contigo si existe causa suficiente para plantear una modificación de medidas, elaborando la documentación necesaria y argumentando de forma sólida ante el juzgado. No hay un plazo mínimo para solicitarlo: lo importante es que el cambio esté justificado y beneficie al menor.

También asistimos a parejas no casadas que desean establecer una custodia compartida. En estos casos:

  • Se debe acreditar que ambos progenitores han participado activamente en la crianza del menor.
  • Es recomendable presentar un acuerdo voluntario que refleje esa voluntad de compartir responsabilidades.
  • El juez valorará el entorno, estabilidad y capacidades de ambos padres antes de aprobar el régimen.

El convenio regulador es un documento esencial en todo proceso de custodia compartida. Establece de forma detallada:

  • El reparto del tiempo con cada progenitor
  • El sistema de toma de decisiones
  • La pensión alimenticia, si procede
  • La organización de vacaciones, festivos y fines de semana

En ME IURIS ABOGADOS lo redactamos de forma clara y completa, evitando ambigüedades y previniendo futuros conflictos legales.

Convenio Regulador y Custodia Compartida

La base legal que garantiza una crianza equilibrada tras el divorcio

En ME IURIS ABOGADOS, comprendemos que establecer una custodia compartida requiere algo más que buena voluntad: necesita un marco jurídico claro, detallado y pensado para evitar conflictos futuros. Por ello, ayudamos a nuestros clientes a redactar y validar el convenio regulador, un documento esencial que organiza todos los aspectos de la vida familiar tras la separación.

La elaboración del convenio regulador debe realizarse de forma meticulosa, con la participación activa de ambos progenitores y la supervisión legal adecuada. Este documento no solo establece el tipo de custodia, sino también una serie de puntos clave que afectan directamente al día a día del menor:

  • Régimen de visitas y estancias: distribución del tiempo con cada progenitor, incluyendo fines de semana, vacaciones y festivos.
  • Decisiones sobre educación y salud: cómo y por quién serán tomadas.
  • Gastos y aportaciones económicas: pensión alimenticia, gastos extraordinarios y sistema de reparto.
  • Actividades complementarias: participación en celebraciones, excursiones o actividades escolares y extraescolares.

Desde ME IURIS ABOGADOS te ayudamos a evitar ambigüedades y conflictos futuros, redactando el convenio con claridad y precisión legal. Un convenio bien estructurado es la mejor garantía para preservar la armonía familiar.

No existe un único modelo de convenio: cada familia es distinta. Por eso, nuestros abogados analizan tu caso teniendo en cuenta variables fundamentales como:

  • La disponibilidad horaria y laboral de cada progenitor.
  • La edad, necesidades educativas y emocionales del menor.
  • La cercanía geográfica entre los domicilios.
  • La relación con otros familiares relevantes (como abuelos o cuidadores habituales).

Con estos elementos, estructuramos un plan de parentalidad realista y eficaz, donde el menor pueda mantener vínculos sólidos con ambos progenitores en un entorno seguro y estable.

Una vez alcanzado el acuerdo, el convenio debe ser aprobado judicialmente. Este paso es obligatorio, y su finalidad es asegurar que el acuerdo protege adecuadamente los derechos del menor.

El procedimiento judicial incluye:

  • Presentación del convenio ante el juzgado competente.
  • Revisión por parte del juez, quien verificará que se respeta el interés superior del niño.
  • Requerimientos adicionales si fueran necesarios (informes sociales o entrevistas con el menor).

Una vez aprobado, el convenio tiene carácter obligatorio y vinculante, garantizando la estabilidad jurídica para ambas partes.

Tipos de Custodia en España

Una decisión clave en la protección del bienestar del menor

En ME IURIS ABOGADOS, entendemos que una de las decisiones más trascendentales tras una separación o divorcio es la relativa a la custodia de los hijos. La legislación española contempla distintas modalidades de custodia, todas orientadas a velar por el interés superior del menor y garantizar un entorno estable para su desarrollo.

Participación activa de ambos progenitores

La custodia compartida es el modelo que permite a ambos padres asumir de manera equitativa las responsabilidades derivadas del cuidado, educación y crianza de sus hijos. Este régimen busca fomentar una implicación equilibrada, asegurando que los menores mantengan una relación constante y significativa con ambos progenitores.

¿Cómo puede organizarse?

Este tipo de custodia es flexible y se adapta a las necesidades de cada familia. Algunos ejemplos habituales de organización son:

  • Alternancia semanal: los hijos residen una semana con cada progenitor.
  • Distribución intersemanal: días de la semana repartidos entre ambos padres (por ejemplo, lunes y martes con uno, miércoles y jueves con el otro, fines de semana alternos).
  • Modelo híbrido o flexible: adaptado a circunstancias laborales, escolares o logísticas concretas.

Requisitos para su aprobación judicial

Aunque no se exige un acuerdo perfecto entre progenitores, el juzgado evaluará:

  • La capacidad de cada padre para proporcionar estabilidad y atención.
  • La participación previa en la vida cotidiana del menor.
  • La existencia de condiciones habitacionales adecuadas en ambos domicilios.
  • La proximidad geográfica entre las residencias para facilitar el traslado de los menores.
  • El principio rector: lo que sea mejor para el bienestar del niño.

En ME IURIS ABOGADOS, elaboramos convenios y estrategias jurídicas que respalden este modelo cuando sea viable y recomendable.

Cuando un solo progenitor asume el rol principal

Este tipo de custodia se concede cuando uno de los progenitores queda a cargo del menor de manera exclusiva, asumiendo la responsabilidad diaria de su cuidado. La custodia monoparental puede establecerse tanto de mutuo acuerdo como en un procedimiento contencioso, y responde a circunstancias donde la custodia compartida no es viable.

¿En qué situaciones se aplica?

  • Cuando el otro progenitor no colabora activamente en la crianza.
  • Si existen factores de riesgo, como antecedentes de violencia o desequilibrios graves.
  • Por motivos prácticos: distancia geográfica, disponibilidad horaria o ausencia prolongada.
  • En situaciones donde el entorno de uno de los padres no es adecuado para la convivencia del menor.

Derecho de Visitas del Progenitor No Custodio

El hecho de que un progenitor no tenga la custodia no implica que pierda su vínculo con los hijos. La legislación española garantiza el derecho de visita, que debe regularse en el convenio regulador o por sentencia.

  • Se establece un calendario específico de visitas: fines de semana, días entre semana, festivos y vacaciones escolares.

  • Es posible contemplar visitas progresivas o supervisadas, si el contexto lo requiere.

  • El cumplimiento del régimen de visitas debe producirse en un entorno respetuoso y seguro para el menor.

Factores que Considera el Juez en un Caso de Custodia

La evaluación judicial centrada en el bienestar del menor

En ME IURIS ABOGADOS, sabemos que uno de los aspectos más delicados en un proceso de divorcio o separación es la determinación de la custodia de los hijos. Esta decisión está en manos del juez, quien valorará distintos elementos con un criterio legal y humano, siempre guiado por una premisa fundamental: el interés superior del menor.

La base de toda decisión judicial en materia de familia

Este principio es el eje central que rige cualquier resolución sobre la custodia. Supone garantizar que cualquier medida adoptada proteja el desarrollo emocional, físico y educativo del menor.

Al valorar este criterio, el juez analizará cuestiones como:

  • El vínculo afectivo con cada progenitor, así como la relación con hermanos y otros miembros del entorno familiar.
  • El entorno habitual del menor, evaluando si el domicilio proporciona seguridad, estabilidad y continuidad escolar.
  • La capacidad de cada progenitor para asumir responsabilidades relacionadas con la crianza, salud, educación y bienestar emocional.

Un agente esencial en la protección de los derechos del menor

En todos los casos de custodia, el Ministerio Fiscal interviene como garante del interés del menor. Su función consiste en emitir un informe técnico y jurídico que orienta al juez en su decisión.

Este informe suele incluir:

  • Evaluaciones psicológicas y sociales del menor.
  • Análisis de las propuestas de custodia presentadas por los progenitores.
  • Valoración del impacto emocional de cada escenario familiar.

El informe del fiscal es un elemento objetivo y altamente valorado por los tribunales. En ME IURIS ABOGADOS, nos encargamos de que tu propuesta de custodia esté sólida y bien argumentada para superar este filtro clave.

Siempre que el niño tenga madurez suficiente, su opinión puede ser escuchada por el juez a través de una comparecencia reservada (exploración judicial). Aunque no es vinculante, su punto de vista puede ser relevante en la decisión final.

Los aspectos que el juez tendrá en cuenta incluyen:

  • La edad y grado de madurez del menor.
  • La razonabilidad de sus deseos, como su preferencia por un determinado régimen de convivencia.
  • La capacidad de cada progenitor para respetar el vínculo del menor con el otro padre o madre.

En ME IURIS ABOGADOS, proporcionamos asesoramiento integral para gestionar estas situaciones con sensibilidad, velando por que el proceso sea respetuoso con la voluntad del menor y al mismo tiempo jurídicamente sólido.

Somos abogados especializados en custodia compartida

La importancia de contar con ME IURIS ABOGADOS, especializados en custodia compartida

En ME IURIS ABOGADOS, entendemos que la custodia compartida no es solo una cuestión legal, sino una decisión profundamente humana que influye en el desarrollo emocional y la estabilidad de los menores. Por eso, contar con un abogado con experiencia en este ámbito marca la diferencia entre un proceso tenso y una solución adecuada, justa y viable.

Nuestro equipo especializado en Derecho de Familia acompaña a cada cliente en todas las fases del procedimiento, ofreciendo un asesoramiento integral y personalizado. Estas son algunas de nuestras funciones clave:

  • Asesoramiento jurídico completo: Te informamos de tus derechos y obligaciones como progenitor, garantizando que todas las decisiones se tomen con conocimiento legal y sentido común.
  • Redacción del convenio regulador: Elaboramos documentos precisos que recogen los acuerdos sobre custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia y otros aspectos relevantes.
  • Negociación entre las partes: Buscamos acuerdos estables a través del diálogo, minimizando los conflictos y priorizando el bienestar del menor.
  • Representación en juicio: En caso de desacuerdo, defendemos tus intereses ante el juez con firmeza, responsabilidad y respeto por el proceso.

Sabemos que la elección del abogado es una decisión crítica. Por ello, te recomendamos tener en cuenta estos criterios:

  • Especialización en Derecho de Familia: estamos especializados en el derecho de familia.
  • Empatía profesional: La sensibilidad para comprender las emociones de los padres y el impacto en los hijos es tan importante como la preparación legal.
  • Reputación y confianza: En ME IURIS ABOGADOS, nuestra mejor carta de presentación son los clientes que nos recomiendan tras obtener soluciones justas.
  • Comunicación clara y accesible: Nos aseguramos de que comprendas cada paso del proceso, sin tecnicismos innecesarios.

Apostar por la asistencia de un profesional en custodia compartida no solo ofrece seguridad jurídica, sino que también aporta beneficios concretos:

  • Tranquilidad emocional: Con un equipo experto a tu lado, puedes centrarte en tus hijos, sabiendo que la parte legal está bien gestionada.
  • Estrategias adaptadas a tu caso: Cada familia es única; por eso, personalizamos cada paso del proceso según tus circunstancias reales.
  • Prevención de conflictos futuros: Un convenio bien planteado y negociado reduce el riesgo de enfrentamientos más adelante.
  • Protección de los derechos del menor y los progenitores: Priorizamos siempre el equilibrio entre las responsabilidades parentales y el interés superior del menor.

Casos de éxito en ME IURIS ABOGADOS

Conoce algunos casos ganados por ME IURIS ABOGADOS

Pensión CompensatoriaMAYO 2025
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Málaga, declarando el mantenimiento de la pensión compensatoria en favor de nuestra clienta.

Tras la sentencia de divorcio, el excónyuge inició un procedimiento judicial para extinguir el pago de la pensión compensatoria de nuestra clienta alegando que ésta había encontrado un trabajo y estaba en activo.

Conseguimos demostrar que las afirmaciones del demandante no tenían ningún fundamento y el Juzgado confirmó el derecho de nuestra clienta a seguir percibiendo la pensión compensatoria que había establecido la sentencia de divorcio.
Compensación Económica Por Trabajos Para La Empresa FamiliarJUNIO 2024
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sant Feliu de Llobregat, Barcelona, estableciendo una compensación económica en favor de nuestra clienta en el procedimiento de divorcio.

En el procedimiento de divorcio de un matrimonio casado en régimen de separación de bienes en que nuestra clienta había trabajado para las empresas de esposo sin percibir salario procedimos a reclamar una compensación económica por razón del trabajo realizado, a lo que la otra parte se negó aduciendo que la esposa nunca había trabajado para las empresas del marido.

Conseguimos probar la efectiva participación de nuestra clienta en el proyecto empresarial del marido por razón de su cualificación, habilidades y capacitación profesional así como por los documentos, correos electrónicos y evidencias de su participación en reuniones con socios, clientes, empleados, proveedores y autoridades administrativas.

El Juzgado nos dio la razón y acordó que procedía abonar a nuestra clienta una compensación económica por razón de trabajo de 15.000 euros la cual debía abonarle el ex-marido.
Pensión De Alimentos En Custodia Compartida
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 93 de Madrid, estableciendo una pensión de alimentos en favor de los hijos menores en régimen de custodia compartida.

En este caso ambos progenitores estaban de acuerdo en establecer un régimen de guarda y custodia compartida por considerarlo el más beneficioso para los hijos si bien el padre consideraba que los gastos de los menores debían sufragarse por mitad sin establecer pensión alimenticia.

Conseguimos demostrar que la capacidad económica del padre era muy superior a la de la madre por lo que para garantizar el bienestar de los menores el padre debía abonar una pensión alimenticia a la madre y asumir un porcentaje mayor de los gastos extraordinarios de los niños.

El Juzgado dio la razón a nuestra clienta y estableció una pensión de alimentos de 350 euros mensuales por cada hijo y el abono de gastos extraordinarios a razón del 70% por el padre y del 30% por la madre, de manera proporcional a la capacidad económica de cada progenitor.
Incremento En Pensión De Alimentos De Hijo Menor De EdadMARZO 2023
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Majadahonda, revisando al alza la pensión de alimentos del hijo de nuestra clienta.

El padre inició un procedimiento judicial de modificación de medidas para reducir la pensión de alimentos que estaba pagando al hijo de nuestra clienta alegando que su capacidad económica había disminuido porque había tenido hijos con su nueva pareja.

Conseguimos demostrar que no solo era incierto que se hubiera reducido su capacidad económica sino que por el contrario había mejorado ya que contaba con los ingresos de su nueva pareja, además acreditamos que el hijo del primer matrimonio había aumentado sus necesidades económicas.

Finalmente el Juzgado nos dio la razón incrementando de 300 a 390 la pensión alimenticia mensual para el menor.
Atrasos Impagados Por No Haber Actualizado La Pensión De AlimentosABRIL 2024
Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Madrid reconociendo a nuestra clienta el derecho a las actualizaciones de la pensión de alimentos y condenando al pago de las costas al contrario.

Tras un divorcio de mutuo acuerdo en el que se estableció una pensión de alimentos en favor del hijo menor, el padre nunca había abonado la actualización de la pensión por aplicación del IPC anual tal como se había acordado.

Ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo amistoso, iniciamos el procedimiento judicial para reclamarlo a lo que el padre se opuso alegando que la falta de reclamación por parte de la madre suponía una aceptación tácita a que no se revisase.

El Juzgado dio la razón a nuestra clienta ya que no es necesario reclamar la actualización expresamente sino que esta procede por la propia naturaleza de la pensión alimenticia que ha de adecuarse automáticamente al incremento del coste de la vida ya que si no lo hiciera resultaría perjudicado el menor.

Al oponerse el padre y desestimarse sus argumentos, el Juzgado le impuso el pago de los atrasos con sus correspondientes intereses además de las costas, resultando en favor de nuestra clienta un total de más de 5.800 euros.
Liquidación De Sociedad De GanancialesNOVIEMBRE 2022
Sentencia dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Getafe, denegando al contrario la compensación por aportación de dinero obtenido por herencia.

Iniciamos el procedimiento judicial para liquidar la sociedad de gananciales, estando ya divorciada la pareja. La otra parte pretendía se le compensara una partida de 68.000 euros que habían sido destinados a amortizar la hipoteca de la vivienda familiar, aduciendo que se trataba de dinero de carácter privativo cuyo origen había sido una herencia familiar.

Nuestro despacho consiguió acreditar que no estaba probado tal origen de los fondos y el Juzgado dio la razón a nuestra representada considerando que se trataba de dinero ganancial y que no procedía compensación alguna.
Custodia Compartida Para Nuestro ClienteNOVIEMBRE 2023
Sentencia dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Parla, estableciendo un régimen de custodia compartida conforme solicitaba nuestro cliente.

En el momento del divorcio se estableció un régimen de custodia exclusiva materna, si bien transcurridos varios años y mediando un cambio de circunstancias, nuestro cliente nos consultó para el establecimiento de un régimen de custodia compartida por considerarlo más beneficioso para su hijo.

Tras varios intentos de llegar a un acuerdo amistoso, éste no fue posible e iniciamos el procedimiento judicial que concluyó con el acuerdo alcanzado entre los progenitores en sede judicial el mismo día de la Vista. El Juzgado aprobó el acuerdo alcanzado por ser la situación más beneficiosa para el menor, ajustando la situación económica de cada progenitor.
Divorcio con atribución en exclusiva a la madre del ejercicio de la Patria Potestad por estar el padre en paradero desconocidoFEBRERO 2025
Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Navalcarnero, acordando el divorcio y atribuyendo en exclusiva a la madre el ejercicio de la patria potestad de los hijos menores por estar el padre en paradero desconocido.

Nuestra clienta se encontraba con muchos problemas a la hora de tomar decisiones en relación con sus hijos menores porque el padre se hallaba en paradero desconocido desde hacía varios años. Cuestiones básicas como empadronar a los niños, solicitar el DNI, decidir sobre una intervención quirúrgica o un cambio de colegio, o autorizar que los niños viajaran con el equipo de fútbol para jugar una competición fuera de la localidad de residencia eran un verdadero problema para la madre ya que requerían la firma del padre de quien no tenía noticias desde hacía varios años.

Solicitamos al Juzgado el divorcio y la atribución en exclusiva a la madre del ejercicio de la patria potestad para que pudiera tomar ella sola todas la decisiones en relación con los hijos, demostrando que el padre no había mostrado preocupación alguna por sus hijos en años desconociendo dónde se encontraba.

El Juzgado acogió nuestra petición declarando el divorcio, atribuyó en exclusiva a nuestra clienta el ejercicio de la patria potestad respecto de los menores y estableció una pensión alimenticia de 150 euros mensuales en favor de cada hijo la cual podrá ser exigida si en el futuro se averiguase el paradero del padre.

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